{"id":901885,"date":"2026-08-29T16:17:59","date_gmt":"2026-08-29T14:17:59","guid":{"rendered":"https:\/\/grundlinien.de\/?p=901885"},"modified":"2026-08-29T19:59:21","modified_gmt":"2026-08-29T17:59:21","slug":"279","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grundlinien.de\/es\/279\/","title":{"rendered":"\u00a7 279"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2. La soberan\u00eda, en un primer momento solo el pensamiento <em>universal<\/em> de esta idealidad, existe solo como la <em>subjetividad<\/em> cierta de s\u00ed misma, y como la autodeterminaci\u00f3n abstracta, en esa medida sin fundamento, de la voluntad, en la cual reside lo \u00faltimo de la decisi\u00f3n. Esto es lo individual del Estado como tal, que solo en ello es \u00e9l mismo <em>uno<\/em>. Pero la subjetividad, en su verdad, solo es como <em>sujeto<\/em>, la personalidad solo como <em>persona<\/em>, y en la Constituci\u00f3n que ha llegado a la racionalidad real, cada uno de los tres momentos del concepto tiene su configuraci\u00f3n <em>efectiva para s\u00ed<\/em>, separada. Este momento absolutamente decisorio del todo no es, por ello, la individualidad en general, sino <em>un<\/em> individuo, el <em>monarca<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\">\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El desarrollo inmanente de una ciencia, la <em>deducci\u00f3n de todo su contenido<\/em> a partir del simple <em>concepto<\/em> (de otro modo una ciencia no merece siquiera el nombre de ciencia filos\u00f3fica), muestra la peculiaridad de que el mismo y \u00fanico concepto, aqu\u00ed la voluntad, que al comienzo, porque es el comienzo, es abstracto, se conserva, pero condensa sus determinaciones, y por cierto igualmente solo por s\u00ed mismo, y de este modo gana un contenido concreto. As\u00ed, es el momento fundamental de la personalidad, abstracta en un primer momento en el derecho inmediato, la que se ha formado a trav\u00e9s de sus diversas formas de subjetividad, y aqu\u00ed, en el derecho absoluto, el Estado, la objetividad completamente concreta de la voluntad, es la <em>personalidad del Estado<\/em>, su <em>certeza de s\u00ed mismo<\/em> \u2014 esto \u00faltimo, que suprime todas las particularidades en el s\u00ed mismo simple, que interrumpe el sopesar de razones y contrarrazones, entre las cuales siempre puede dejarse vacilar de un lado a otro, y las <em>decide<\/em> mediante el \u00abYo quiero\u00bb, y comienza toda acci\u00f3n y realidad. \u2014 Pero la personalidad y la subjetividad en general tienen, adem\u00e1s, en cuanto lo infinito que se refiere a s\u00ed mismo, absolutamente solo <em>verdad<\/em>, y por cierto su verdad m\u00e1s inmediata como persona, sujeto que es para s\u00ed, y lo que es para s\u00ed es igualmente absolutamente <em>Uno<\/em>. La personalidad del Estado solo es efectiva como una <em>persona<\/em>, <em>el monarca<\/em>. \u2014 La personalidad expresa el concepto como tal; la persona contiene, a la vez, la realidad de este, y el concepto solo es, con esta determinaci\u00f3n, <em>Idea<\/em>, verdad. \u2014 Una llamada persona <em>moral<\/em>, sociedad, comunidad, familia, por concreta que sea en s\u00ed, tiene la personalidad solo como momento, abstracto en ella; en ella no ha llegado a la verdad de su existencia; pero el Estado es precisamente esta totalidad, en la cual los momentos del concepto llegan a la realidad seg\u00fan su verdad propia. \u2014 Todas estas determinaciones ya han sido tratadas, en s\u00ed y en sus configuraciones, en todo el curso de este tratado, pero se han repetido aqu\u00ed porque, aunque se admiten f\u00e1cilmente en sus configuraciones particulares, no se las reconoce ni se las concibe precisamente all\u00ed donde aparecen en su posici\u00f3n verdadera, no aisladas, sino seg\u00fan su verdad, como <em>momentos<\/em> de la Idea. \u2014 El concepto del monarca es, por ello, el concepto m\u00e1s dif\u00edcil para el razonamiento, es decir, para la consideraci\u00f3n reflexiva del entendimiento, porque este se detiene en las determinaciones aisladas, y por ello conoce tambi\u00e9n solo razones, puntos de vista finitos, y el <em>deducir<\/em> a partir de razones. Presenta as\u00ed la dignidad del monarca como algo <em>derivado<\/em>, no solo por su forma, sino tambi\u00e9n seg\u00fan su determinaci\u00f3n; m\u00e1s bien, su concepto es no ser algo derivado, sino lo que <em>comienza absolutamente a partir de s\u00ed<\/em>. Lo m\u00e1s pr\u00f3ximo a esto acierta, por ello, la representaci\u00f3n de considerar el derecho del monarca como fundado en la autoridad divina, pues en ella est\u00e1 contenido lo incondicionado de este. Pero es conocido qu\u00e9 malentendidos se han vinculado a esto, y la tarea de la consideraci\u00f3n filos\u00f3fica es concebir precisamente esto divino.\n\n<em>Soberan\u00eda popular<\/em> puede decirse en el sentido de que un pueblo sea, en general, <em>hacia afuera<\/em>, algo independiente, y constituya un Estado propio, como el pueblo de Gran Breta\u00f1a, pero el pueblo de Inglaterra, o de Escocia, Irlanda, o de Venecia, G\u00e9nova, Ceil\u00e1n, etc., ya no es un pueblo soberano, desde que han dejado de tener pr\u00edncipes propios o gobiernos supremos propios. \u2014 Se puede as\u00ed tambi\u00e9n decir, de la <em>soberan\u00eda hacia dentro<\/em>, que reside en el <em>pueblo<\/em>, si solo se habla, en general, del <em>todo<\/em>, enteramente como se ha mostrado antes (\u00a7\u00a7 277, 278) que al <em>Estado<\/em> corresponde la soberan\u00eda. Pero la soberan\u00eda popular, tomada <em>en oposici\u00f3n a la soberan\u00eda existente en el monarca<\/em>, es el sentido habitual en el cual se ha empezado a hablar, en tiempos recientes, de soberan\u00eda popular; \u2014 en esta oposici\u00f3n, la soberan\u00eda popular pertenece a los pensamientos confusos que tienen por fundamento la representaci\u00f3n <em>des\u00e9rtica<\/em> del <em>pueblo<\/em>. El pueblo, tomado <em>sin<\/em> su monarca y sin la <em>articulaci\u00f3n<\/em> del todo, necesaria e inmediatamente conectada con ello, es la masa informe, que ya no es un Estado, y a la que ya no corresponde <em>ninguna<\/em> de las determinaciones que solo est\u00e1n presentes en el todo <em>formado en s\u00ed<\/em> \u2014 soberan\u00eda, gobierno, tribunales, autoridad, estamentos, y lo que sea. Con que tales momentos, referidos a una organizaci\u00f3n, a la vida del Estado, aparezcan en un pueblo, este deja de ser este abstracto indeterminado que, en la mera representaci\u00f3n universal, se llama <em>pueblo<\/em>. \u2014 Si por soberan\u00eda popular se entiende la forma de la <em>rep\u00fablica<\/em>, y m\u00e1s precisamente la de la democracia (pues bajo rep\u00fablica se comprenden otras mezclas emp\u00edricas diversas, que de todos modos no pertenecen a una consideraci\u00f3n filos\u00f3fica), en parte se ha dicho lo necesario m\u00e1s arriba (en el <a href=\"https:\/\/grundlinien.de\/es\/273\/\">\u00a7 273<\/a>, en la Observaci\u00f3n), en parte ya no puede hablarse de tal representaci\u00f3n frente a la Idea desarrollada. \u2014 En un pueblo que no se representa ni como un <em>linaje<\/em> patriarcal, ni en el estado no desarrollado en el cual son posibles las formas de la democracia o la aristocracia (v\u00e9ase la Observaci\u00f3n all\u00ed mismo), ni de otro modo en un estado arbitrario e inorg\u00e1nico, sino que se piensa como una totalidad verdaderamente org\u00e1nica, desarrollada en s\u00ed, la soberan\u00eda es, como la personalidad del todo, y esta, en la realidad conforme a su concepto, la <em>persona del monarca<\/em>.\n\nEn el grado antes se\u00f1alado, en el cual se ha hecho la divisi\u00f3n de las Constituciones en democracia, aristocracia y monarqu\u00eda, el punto de vista de la unidad sustancial que todav\u00eda permanece en s\u00ed, que a\u00fan no ha llegado a su distinci\u00f3n infinita y a su profundizaci\u00f3n en s\u00ed, el momento de la <em>decisi\u00f3n \u00faltima de la voluntad que se determina a s\u00ed misma<\/em> no sale, como momento <em>inmanente<\/em> org\u00e1nico del Estado, a una realidad <em>propia<\/em> para s\u00ed. Ciertamente, siempre debe estar presente tambi\u00e9n, en aquellas configuraciones menos desarrolladas del Estado, una cima individual, ya sea, como en las monarqu\u00edas que all\u00ed pertenecen, para s\u00ed, ya sea, como en las aristocracias, pero sobre todo en las democracias, elev\u00e1ndose en los hombres de Estado, generales, seg\u00fan la contingencia y la necesidad <em>particular<\/em> de las <em>circunstancias<\/em>; pues toda acci\u00f3n y realidad tiene su comienzo y su cumplimiento en la unidad decidida de un jefe. Pero, encerrada en la uni\u00f3n que permanece s\u00f3lida de los poderes, tal subjetividad del decidir debe ser, en parte, contingente en su surgimiento y aparici\u00f3n, en parte, en general, subordinada; no pod\u00eda residir, por ello, en otra parte que m\u00e1s all\u00e1 de tales cimas condicionadas, el decidir sin mezcla, puro, un hado que determina desde fuera. Deb\u00eda, como momento de la Idea, entrar en la existencia, pero arraigado fuera de la libertad humana y del c\u00edrculo que el Estado abarca. \u2014 Aqu\u00ed reside el origen de la necesidad de obtener, de <em>or\u00e1culos<\/em>, del <em>demon<\/em> (en <em>S\u00f3crates<\/em>), de las entra\u00f1as de los animales, del devorar y el vuelo de las aves, etc., la <em>decisi\u00f3n \u00faltima<\/em> sobre los grandes asuntos y para los momentos importantes del Estado \u2014 una decisi\u00f3n que los seres humanos, sin captar todav\u00eda la profundidad de la autoconciencia, y sin haber llegado, desde la solidez de la unidad sustancial, a este ser-para-s\u00ed, todav\u00eda no ten\u00edan la fuerza de ver <em>dentro<\/em> del ser humano. \u2014 En el <em>demon<\/em> de <em>S\u00f3crates<\/em> (cf. m\u00e1s arriba <a href=\"https:\/\/grundlinien.de\/es\/138\/\">\u00a7 138<\/a>) podemos ver el comienzo de que la voluntad, que antes se situaba solo <em>m\u00e1s all\u00e1<\/em> de s\u00ed misma, se coloc\u00f3 en s\u00ed misma y se reconoci\u00f3 dentro de s\u00ed \u2014 el comienzo de la libertad <em>que se sabe a s\u00ed misma<\/em> y, con ello, verdadera. Esta libertad real de la Idea, puesto que consiste precisamente en dar, a cada uno de los momentos de la racionalidad, su realidad propia, presente, <em>autoconsciente<\/em>, es la que asigna a la funci\u00f3n de una conciencia esta certeza \u00faltima que se determina a s\u00ed misma, y que constituye la cima en el concepto de la voluntad. Pero esta autodeterminaci\u00f3n \u00faltima solo puede caer en la esfera de la libertad humana en la medida en que tenga la posici\u00f3n de la cima <em>aislada para s\u00ed<\/em>, elevada <em>por encima de toda particularizaci\u00f3n y condici\u00f3n<\/em>; pues solo as\u00ed es efectiva seg\u00fan su concepto.<\/p>\n<\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>2. 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