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|239| En la corporación solo reside una limitación del llamado derecho natural a ejercer su habilidad y, con ello, a adquirir lo que hay que adquirir en la medida en que en ella esta habilidad es determinada a la racionalidad, a saber, liberada de la opinión propia y de la contingencia, del peligro propio así como del peligro para otros, reconocida, asegurada y, a la vez, elevada a actividad consciente para un fin común.

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