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Puesto que la delegación se hace para la deliberación y decisión sobre los asuntos universales, tiene el sentido de que, por medio de la confianza, se designen para ello individuos que entiendan de estos asuntos mejor que quienes los delegan, y también de que estos no hagan valer el interés particular de un municipio o corporación frente al universal, sino esencialmente este último. Con ello no tienen la relación de ser mandatarios comisionados o portadores de instrucciones, tanto menos cuanto que la reunión tiene la determinación de ser una asamblea viva, que se instruye y se convence recíprocamente y delibera en común.

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