La previsión policial realiza y mantiene, en un primer momento, lo universal contenido en la particularidad de la sociedad civil, como un orden y una disposición exteriores para la protección y seguridad de las masas de fines e intereses particulares, en cuanto estos tienen su subsistencia en este universal, así como, en cuanto dirección superior, se ocupa de la previsión de los intereses (§ 246) que conducen más allá de esta sociedad. En la medida en que, según la Idea, la particularidad misma hace de este universal, que está en sus intereses inmanentes, el fin y objeto de su voluntad y de su actividad, lo ético retorna, así, como algo inmanente, a la sociedad civil; esto constituye la determinación de la corporación.

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