El fin de la corporación, en cuanto limitado y finito, tiene su verdad — así como la tienen la separación presente en la ordenación policial exterior y su identidad relativa — en el fin universal en y para sí y en su efectividad absoluta; la esfera de la sociedad civil pasa, por ello, al Estado.
|240| Ciudad y campo — aquella, la sede del oficio civil, de la reflexión que se absorbe en sí misma y se singulariza; este, la sede de la eticidad que descansa en la naturaleza —, los individuos que median su autoconservación en la relación con otras personas jurídicas, y la familia, constituyen los dos momentos, todavía ideales, en general, de los cuales el Estado surge como su verdadero fundamento. — Este desarrollo de la eticidad inmediata, a través de la escisión de la sociedad civil, hasta el Estado, que se muestra como su verdadero fundamento, y solo tal desarrollo, es la prueba científica del concepto del Estado. — Porque en el curso del concepto científico el Estado aparece como resultado, en cuanto resulta ser el fundamento verdadero, aquella mediación y aquella apariencia se suprimen igualmente hasta la inmediatez. En la efectividad, por ello, el Estado en general es más bien lo primero, solo dentro de lo cual la familia se desarrolla hasta la sociedad civil, y es la Idea del Estado misma la que se dirime en estos dos momentos; en el desarrollo de la sociedad civil, la sustancia ética gana su forma infinita, que contiene en sí los dos momentos: 1. el de la distinción infinita hasta el ser-dentro-de-sí que es para sí de la autoconciencia, y 2. el de la forma de la universalidad, que está en la formación, la forma del pensamiento, por la cual el espíritu es para sí mismo objetivo y efectivo, en cuanto totalidad orgánica, en leyes e instituciones, su voluntad pensada.

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