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La subjetividad, que tiene su fenómeno más exterior como disolución de la vida estatal existente en el opinar y el razonar que quieren hacer valer su contingencia y que igualmente se destruyen a sí mismos, tiene su verdadera efectividad en su contrario, la subjetividad como idéntica a la voluntad sustancial, que constituye el concepto del poder principesco, y que, en cuanto idealidad del todo, no ha llegado todavía, en lo expuesto hasta aquí, a su derecho y a su existencia.

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