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|342| En que los Estados se reconocen recíprocamente como tales reside, incluso en la guerra — el estado de ausencia de derecho, de la violencia y de la contingencia — un vínculo en el cual valen unos para otros como siendo en y para sí, de modo que en la guerra misma la guerra está determinada como algo que debe pasar. Contiene, con ello, la determinación del derecho de gentes de que en ella se conserve la posibilidad de la paz, y de que, por tanto, por ejemplo, se respete a los embajadores, y, en general, de que no se la libre contra las instituciones interiores y la vida familiar y privada pacífica, ni contra las personas privadas.

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