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|351| 1. El reino oriental

Este primer reino es la visión sustancial del mundo, indivisa en sí, que parte del todo natural patriarcal, en la cual el gobierno mundano es teocracia, el soberano es también sumo sacerdote o dios, la constitución del Estado y la legislación son a la vez religión, así como los mandamientos religiosos y morales, o más bien los usos, son igualmente leyes del Estado y del derecho. En el esplendor de este todo, la personalidad individual perece sin derecho, la naturaleza exterior es inmediatamente divina o un ornamento del dios, y la historia de la efectividad es poesía. Las diferencias que se desarrollan hacia los diversos lados de las costumbres, del gobierno y del Estado se convierten, en lugar de leyes, siendo simple la costumbre, en ceremonias pesadas, prolijas, supersticiosas, — en contingencias del poder personal y del dominio arbitrario, y la articulación en estamentos, en una fijeza natural de castas. El Estado oriental, por ello, solo está vivo en su movimiento, el cual, puesto que en él mismo nada es estable y lo que es firme está petrificado, se dirige hacia afuera y se convierte en un furor y una devastación elementales; la calma interior es una vida privada y un hundirse en la debilidad y el agotamiento.

|352| El momento de la espiritualidad todavía sustancial, natural, en la formación del Estado, que, como forma, constituye el punto de partida absoluto en la historia de todo Estado, ha sido resaltado y demostrado históricamente en los Estados particulares, a la vez con profundo sentido y con erudición, en el escrito Sobre el ocaso de los Estados naturales, Berlín 1812 (del Sr. Dr. Stuhr), y con ello se ha abierto el camino a la consideración racional de la historia de la constitución y de la historia en general. El principio de la subjetividad y de la libertad autoconsciente es allí igualmente señalado en la nación germánica, pero, puesto que el tratado solo llega hasta el ocaso de los Estados naturales, solo se lleva también hasta el punto en que aparece, en parte, como movilidad inquieta, arbitrio humano y corrupción, en parte, en su figura particular, como ánimo, y no se ha desarrollado hasta la objetividad de la sustancialidad autoconsciente, hasta la legalidad orgánica.

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