§ 115

Primera Sección. El propósito y la responsabilidad

La finitud de la voluntad subjetiva en la inmediatez del actuar consiste inmediatamente en que ella tiene, para su acción, un objeto exterior presupuesto, con circunstancias múltiples. El hecho pone una alteración en esta existencia dada, y la voluntad tiene, en general, responsabilidad en ella, en la medida en que en la existencia alterada reside el predicado abstracto de lo mío.

Un acontecimiento, un estado producido, es una realidad exterior concreta, que por ello tiene en sí una cantidad indeterminable de circunstancias. Cada momento singular que se muestra como condición, fundamento, causa de tal circunstancia, y que por tanto ha contribuido con lo suyo, puede considerarse que tiene la culpa de ello, o al menos que tiene parte de culpa en ello. El entendimiento formal tiene, por ello, ante un acontecimiento rico (por ejemplo, la Revolución francesa), la elección, entre una cantidad innumerable de circunstancias, de cuál quiere afirmar que tiene la culpa.

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