|122| Lo subjetivo, con el contenido particular del bienestar, está, en cuanto algo reflejado en sí, infinito, a la vez en relación con lo universal, con la voluntad que es en sí. Este momento, puesto en un primer momento en esta particularidad misma, es el bienestar también de otros — en una determinación completa, pero enteramente vacía, el bienestar de todos. El bienestar de muchos otros particulares en general es entonces también fin esencial y derecho de la subjetividad. Pero, dado que lo universal que es en y para sí, distinto de tal contenido particular, no se ha determinado aquí todavía más que como el derecho, aquellos fines de lo particular, distintos de este, pueden serle conformes, pero también pueden no serlo.

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