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En la relación con las cosas exteriores, lo racional es que Yo posea propiedad; pero el lado de lo particular comprende los fines subjetivos, las necesidades, el arbitrio, los talentos, las circunstancias exteriores, etc. (§ 45); de esto depende la posesión meramente como tal, pero este lado particular no está puesto todavía, en esta esfera de la personalidad abstracta, como idéntico con la libertad. Qué y cuánto Yo poseo es, por tanto, una contingencia jurídica.

En la personalidad, las varias personas —si se quiere hablar aquí de varias, donde todavía no existe tal diferencia— son iguales. Pero esta es una proposición vacía y tautológica; pues la persona, en cuanto lo abstracto, es precisamente lo todavía no particularizado ni puesto en una diferencia determinada. – La igualdad es la identidad abstracta del entendimiento, en la que recae en primer lugar el pensamiento reflexionante —y con ello la mediocridad del espíritu en general— cuando se le presenta la relación de la unidad con una diferencia. |55| Aquí la igualdad sería solo la igualdad de las personas abstractas como tales, fuera de la cual cae precisamente, con ello, todo lo que concierne a la posesión, este terreno de la desigualdad. – La exigencia, hecha a veces, de igualdad en el reparto del suelo, o incluso de la fortuna disponible en general, es un entendimiento tanto más vacío y superficial cuanto que en esta particularidad recae no solo la contingencia natural exterior, sino también todo el ámbito de la naturaleza espiritual en su infinita particularidad y diversidad, así como en su razón desarrollada hasta el organismo. – No se puede hablar de una injusticia de la naturaleza respecto del reparto desigual de la posesión y la fortuna, pues la naturaleza no es libre y, por ello, no es ni justa ni injusta. Que todos los seres humanos deban tener lo necesario para sus necesidades es, en parte, un deseo moral —y, expresado en esta indeterminación, aunque bien intencionado, no es, como todo lo meramente bienintencionado, nada objetivo—; en parte, tener lo necesario es algo distinto de la posesión y pertenece a otra esfera, la de la sociedad civil.

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