En la relación con las cosas exteriores, lo racional es que Yo posea propiedad; pero el lado de lo particular comprende los fines subjetivos, las necesidades, el arbitrio, los talentos, las circunstancias exteriores, etc. (§ 45); de esto depende la posesión meramente como tal, pero este lado particular, en esta esfera de la personalidad abstracta, no está puesto todavía como idéntico con la libertad. Qué y cuánto poseo es, por tanto, una contingencia jurídica.
En la personalidad, las varias personas, si se quiere hablar aquí de varias donde todavía no tiene lugar tal diferencia, son iguales. Pero esta es una proposición vacía y tautológica; pues la persona, en cuanto lo abstracto, es precisamente lo todavía no particularizado ni puesto en una diferencia determinada. — La igualdad es la identidad abstracta del entendimiento, en la que cae ante todo el pensamiento reflexionante, y con ello la mediocridad del espíritu en general, cuando se le presenta la relación de la unidad con una diferencia. |55| Aquí la igualdad sería solo igualdad de las personas abstractas como tales, fuera de la cual, precisamente por ello, cae todo lo que concierne a la posesión, este terreno de la desigualdad. — La exigencia, planteada a veces, de igualdad en el reparto del suelo o incluso de la demás fortuna existente es un entendimiento tanto más vacío y superficial cuanto que en esta particularidad cae no solo la contingencia natural exterior, sino también todo el ámbito de la naturaleza espiritual en su infinita particularidad y diversidad, así como en su razón desarrollada hasta ser organismo. — De una injusticia de la naturaleza en cuanto al reparto desigual de la posesión y de la fortuna no se puede hablar, pues la naturaleza no es libre y, por ello, no es ni justa ni injusta. Que todos los seres humanos deban tener su sustento para sus necesidades es, en parte, un deseo moral y, expresado en esta indeterminación, bienintencionado ciertamente, pero que, como lo meramente bienintencionado en general, no es nada objetivo; en parte, el sustento es algo distinto de la posesión y pertenece a otra esfera, la de la sociedad civil.

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