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B. El fraude

El derecho en sí, en su diferencia respecto del derecho como algo particular y existente, está ciertamente determinado, en cuanto algo exigido, como lo esencial, pero en ello es a la vez solo algo exigido y, según este lado, algo meramente subjetivo, y por ello inesencial y meramente aparente. Lo universal, así rebajado por la voluntad particular a algo solo aparente — en un primer momento, en el contrato, a una comunidad solo exterior de la voluntad —, es el fraude.

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