En la medida en que es la voluntad existente la única que puede ser violada, pero esta, en la existencia, ha entrado en la esfera de una extensión cuantitativa así como de determinaciones cualitativas, y es, por tanto, diversa según ello, también constituye una diferencia, para el lado objetivo de los delitos, si tal existencia y su determinidad son violadas en general en toda su extensión, y con ello en la infinitud igual a su concepto (como en el asesinato, la esclavitud, la coacción religiosa, etc.), o solo en una parte, así como según qué determinación cualitativa.
|95| La concepción estoica de que solo hay una virtud y un vicio, la legislación draconiana, que castiga todo delito con la muerte, así como la rudeza del honor formal, que pone la personalidad infinita en cada violación, tienen esto en común: que se detienen en el pensamiento abstracto de la voluntad libre y de la personalidad, y no la toman en su existencia concreta y determinada, que ha de tener en cuanto Idea. — La diferencia entre el robo y el hurto se refiere a lo cualitativo: que en aquel [mi] Yo es violado también en cuanto conciencia presente, es decir, en cuanto esta infinitud subjetiva, y se ejerce contra mí violencia personal. — Algunas determinaciones cualitativas, como la peligrosidad para la seguridad pública, tienen su fundamento en las relaciones ulteriormente determinadas, pero con frecuencia se aprehenden también solo por el rodeo de las consecuencias, en lugar de a partir del concepto de la cosa; — así como precisamente el delito más peligroso es, por sí mismo, en su índole inmediata, una violación más grave según la extensión o la cualidad. — La cualidad moral subjetiva se refiere a la diferencia superior de en qué medida un suceso y un hecho son, en general, una acción, y concierne a la naturaleza subjetiva misma de esta, de lo cual se hablará después.

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