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El derecho abstracto es derecho de coacción, porque el entuerto contra él es una violencia contra la existencia de mi libertad en una cosa exterior; la conservación de esta existencia frente a la violencia es, con ello, ella misma una acción exterior y una violencia que suprime aquella primera.

Definir el derecho abstracto o estricto, de inmediato y desde un principio, como un derecho al cual sea lícito coaccionar — significa aprehenderlo por una consecuencia que solo se produce por el rodeo del entuerto.

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