En la exigencia de la purificación de los impulsos reside la representación general de que estos son liberados de la forma de su determinidad natural inmediata y de lo subjetivo y contingente del contenido, y reconducidos a su esencia sustancial. Lo verdadero de esta exigencia indeterminada es que los impulsos sean en cuanto sistema racional de la determinación de la voluntad; concebirlos así a partir del concepto es el contenido de la ciencia del derecho.
|28| El contenido de esta ciencia puede exponerse, en todos sus momentos singulares, p. ej., derecho, propiedad, moralidad, familia, Estado, etc., en la forma de que el hombre tenga por naturaleza el impulso al derecho, también el impulso a la propiedad, a la moralidad, también el impulso del amor entre los sexos, el impulso a la sociabilidad, etc. Si en lugar de esta forma de la psicología empírica se quiere tener, de manera más distinguida, una figura filosófica, esta se obtiene a bajo precio, según lo que, como se observó antes, ha pasado y todavía pasa por filosofía en los tiempos recientes, diciendo que el hombre encuentra en sí, como hecho de su conciencia, que quiere el derecho, la propiedad, el Estado, etc. Más adelante aparecerá otra forma de este mismo contenido, que aquí se presenta en figura de impulsos, a saber, la de los deberes.

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