§ 238

En un primer momento, la familia es el todo sustancial al cual pertenece la previsión para este lado particular del individuo, tanto en atención a los medios y habilidades para poder adquirir algo del patrimonio universal, como en atención a su subsistencia y sustento en caso de incapacidad sobreviniente. Pero la sociedad civil arranca al individuo de este vínculo, extraña entre sí a sus miembros, y los reconoce como personas independientes; sustituye, además, en lugar de la naturaleza exterior inorgánica y del suelo paterno, en el cual el singular tenía su subsistencia, la suya propia, y somete la subsistencia de toda la familia misma a la dependencia de ella, a la contingencia. Así, el individuo se ha convertido en hijo de la sociedad civil, que tiene tantas pretensiones frente a él como él derechos frente a ella.

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