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La toma de posesión hace de la materia de la cosa mi propiedad, puesto que la materia, para sí, no se pertenece a sí misma.

|56| La materia me opone resistencia (y no es más que esto: oponerme resistencia), es decir, me muestra su ser-para-sí abstracto solo en cuanto soy espíritu abstracto, a saber, espíritu sensible (invirtiendo las cosas, el representar sensible tiene el ser sensible del espíritu por lo concreto y lo racional por lo abstracto); pero, en relación con la voluntad y la propiedad, este ser-para-sí de la materia no tiene ninguna verdad. La toma de posesión, en cuanto hacer exterior mediante el cual se realiza el derecho universal de apropiación de las cosas naturales, entra en las condiciones de la fuerza física, de la astucia, de la destreza, de la mediación en general, mediante las cuales uno se apodera corporalmente de algo. Según la diversidad cualitativa de las cosas naturales, el apoderamiento y la toma de posesión de ellas tienen un sentido infinitamente múltiple y una limitación y contingencia igualmente infinitas. Por lo demás, el género y lo elemental como tal no son objeto de la singularidad personal; para llegar a serlo y poder ser aprehendidos, tienen que ser primero singularizados (una bocanada de aire, un trago de agua). En la imposibilidad de poder tomar en posesión un género exterior como tal y lo elemental, no ha de considerarse como lo último la imposibilidad física exterior, sino el hecho de que la persona, en cuanto voluntad, se determina como singularidad y, en cuanto persona, es a la vez singularidad inmediata, y con ello se comporta también, en cuanto tal, respecto de lo exterior como respecto de singularidades (§ 13, Observación, § 43). — El apoderamiento y el poseer exterior se vuelven, por ello, también de maneras infinitas, más o menos indeterminados e imperfectos. Pero la materia nunca está sin forma esencial, y solo por esta es algo. Cuanto más me apropio de esta forma, tanto más entro también en la posesión efectiva de la cosa. |57| El consumo de alimentos es una penetración y alteración de su naturaleza cualitativa, por la cual son, antes de ser consumidos, lo que son. El adiestramiento de mi cuerpo orgánico en habilidades, así como la formación de mi espíritu, es igualmente una toma de posesión y penetración más o menos perfecta; el espíritu es lo que puedo hacer mío de la manera más perfecta. Pero esta efectividad de la toma de posesión es distinta de la propiedad como tal, que es consumada por la voluntad libre. Frente a esta, la cosa no ha retenido para sí nada propio, aunque en la posesión, en cuanto relación exterior, quede todavía una exterioridad. El pensamiento tiene que hacerse dueño de la vacía abstracción de una materia sin propiedades, que en la propiedad debería permanecer fuera de mí y ser propia de la cosa.

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