El derecho que, en cuanto particular y por ello múltiple, recibe, frente a su universalidad y simplicidad en sí, la forma de una apariencia, es una apariencia tal en parte en sí o inmediatamente, en parte se pone, por el sujeto, como apariencia, en parte se pone absolutamente como nulo — entuerto ingenuo o civil, fraude y delito.

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