La necesidad revela la finitud, y con ello la contingencia, tanto del derecho como del bienestar — de la existencia abstracta de la libertad, sin que esta sea en cuanto existencia de la persona particular, y de la esfera de la voluntad particular sin la universalidad del derecho. Con ello queda puesta su unilateralidad e idealidad, tal como ya está determinada en ellos mismos en el concepto; el derecho ya ha determinado (§ 106) su existencia como la voluntad particular, y la subjetividad, en su particularidad abarcadora, es ella misma la existencia de la libertad (§ 127), así como ella1 es en sí, en cuanto relación infinita de la voluntad consigo misma, lo universal de la libertad. Los dos momentos, integrados así en ellos mismos en su verdad, en su identidad, pero todavía, en un primer momento, en relación relativa el uno con el otro, son el bien, en cuanto lo universal cumplido, determinado en y para sí, y la conciencia moral, en cuanto la subjetividad infinita que sabe dentro de sí y que determina dentro de sí el contenido.
- Ejemplar personal de Hegel. la subjetividad ↩︎

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