§ 256

El fin de la corporación, en cuanto limitado y finito, tiene su verdad —así como la separación presente en la disposición policial exterior, y su identidad relativa— en el fin universal en y para sí, y en su realidad absoluta; la esfera de la sociedad civil pasa, por ello, al Estado.

Ciudad y campo —aquella, la sede del oficio civil, de la reflexión que se alza y se singulariza en sí misma; este, la sede de la eticidad que descansa en la naturaleza—, los individuos que median su autoconservación en relación con otras personas jurídicas, y la familia, constituyen los dos momentos, todavía ideales en general, de los cuales el Estado surge como su verdadero fundamento. — Este desarrollo de la eticidad inmediata, a través de la escisión de la sociedad civil, hasta el Estado, que se muestra como su verdadero fundamento, y solo tal desarrollo, es la prueba científica del concepto del Estado. — Porque, en el curso del concepto científico, el Estado aparece como resultado, en cuanto resulta ser el fundamento verdadero, aquella mediación y aquella apariencia se suprimen igualmente hasta la inmediatez. En la realidad, por ello, el Estado en general es más bien lo primero, dentro del cual la familia se desarrolla primero hasta la sociedad civil, y es la Idea del Estado misma la que se dirime en estos dos momentos; en el desarrollo de la sociedad civil, la sustancia ética gana su forma infinita, que contiene en sí ambos momentos: 1. de la distinción infinita hasta el ser-en-sí que es para sí de la autoconciencia, y 2. de la forma de la universalidad, que está en la formación, la forma del pensamiento, por la cual el espíritu es, objetiva y efectivamente, en cuanto totalidad orgánica, en leyes e instituciones, su voluntad pensada.

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