326

Las contiendas de los Estados entre sí pueden tener por objeto algún lado particular de su relación; para estas contiendas tiene también su determinación principal la parte particular dedicada a la defensa del Estado. Pero, en la medida en que el Estado como tal, su independencia, entra en peligro, el deber convoca a todos sus ciudadanos a su defensa. Cuando así el todo se ha convertido en poder, y ha sido arrancado de su vida interior en sí mismo hacia afuera, la guerra defensiva pasa, con ello, a guerra de conquista.

Que el poder armado del Estado, un ejército permanente, y la determinación para el negocio particular de su defensa se conviertan en un estamento, es la misma necesidad por la cual los demás momentos particulares, intereses y negocios se convierten en estamentos de matrimonio, de oficio, de Estado, de negocios, etc. El razonamiento, que va y viene con razones, se explaya en consideraciones sobre las mayores ventajas o las mayores desventajas de la introducción de ejércitos permanentes, y la opinión se decide gustosamente por lo segundo, porque el concepto de la cosa es más difícil de captar que lados singulares y exteriores, y luego porque los intereses y fines de la particularidad (los costos con sus consecuencias, mayores gravámenes, etc.) son tasados, en la conciencia de la sociedad civil, más altos que lo necesario en y para sí, que de este modo vale solo como un medio para aquellos.

EN DE

Comentarios

Deja una respuesta