La cosa en el uso es una cosa singular, determinada según cualidad y cantidad, y en relación con una necesidad específica. Pero su utilidad específica es, a la vez, en cuanto determinada cuantitativamente, comparable con otras cosas de la misma utilidad, así como la necesidad específica a la que sirve es, a la vez, necesidad en general y, en esta medida, según su particularidad, igualmente comparable con otras necesidades, y según ello también la cosa con aquellas que son útiles para otras necesidades. Esta universalidad suya, cuya determinidad simple surge de la particularidad de la cosa, de modo que a la vez se hace abstracción de esta cualidad específica, es el valor de la cosa, en el cual su verdadera sustancialidad queda determinada y es objeto de la conciencia. Como propietario pleno de la cosa, lo soy tanto de su valor como de su uso.
El vasallo feudal tiene en su propiedad la particularidad de que debe ser solo propietario del uso, no del valor de la cosa.

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