El suelo del derecho es, en general, lo espiritual, y su lugar más preciso y punto de partida es la voluntad, que es libre, de manera que la libertad constituye su sustancia y determinación, y el sistema del derecho es el reino de la libertad realizada, el mundo del espíritu producido a partir de sí mismo, como una segunda naturaleza.
Respecto de la libertad de la voluntad, puede recordarse el modo de proceder anterior del conocimiento. En efecto, se presuponía la representación de la voluntad y se intentaba extraer y fijar a partir de ella una definición de la misma; luego, al modo de la antigua psicología empírica, se conducía la llamada prueba de que la voluntad es libre a partir de los diversos sentimientos y fenómenos de la conciencia ordinaria, como el arrepentimiento, la culpa y cosas semejantes, que solo podrían explicarse a partir de la voluntad libre. Pero resulta más cómodo atenerse sin más a que la libertad está dada como un hecho de la conciencia y que ha de creerse en ella. Que la voluntad es libre y qué son voluntad y libertad – la deducción de esto solo puede tener lugar, como ya se observó (§ 2), en la conexión del todo. Los rasgos fundamentales de esta premisa – que el espíritu es en un primer momento inteligencia, y que las determinaciones a través de las cuales avanza en su desarrollo son el camino que va del sentimiento, pasando por la representación, hasta el pensamiento, para producirse a sí mismo como voluntad – la cual, en cuanto espíritu práctico en general, es la verdad inmediata de la inteligencia – los he expuesto en mi Enciclopedia de las ciencias filosóficas (Heidelberg 1817) §§ 363-399, y espero poder ofrecer en su momento una exposición más amplia de ellos. Tanto más necesario me resulta contribuir con lo mío, según espero, a un conocimiento más profundo de la naturaleza del espíritu, cuanto que, como se observa allí mismo, § 367 Anm., difícilmente se halla ninguna ciencia filosófica en un estado tan descuidado y deficiente como la doctrina del espíritu, a la que suele llamarse psicología. – Por lo demás, respecto de los momentos del concepto de la voluntad indicados en este y en los siguientes parágrafos de la Introducción, que son el resultado de aquella premisa, puede apelarse, para efectos de la representación, a la autoconciencia de cada uno. Cada uno encontrará ante todo en sí mismo la capacidad de abstraer de todo, sea lo que fuere, y asimismo de determinarse a sí mismo, de poner en sí mismo, por sí mismo, todo contenido, y hallará igualmente en su autoconciencia el ejemplo para las determinaciones ulteriores.


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