§ 125

Lo subjetivo, con el contenido particular del bienestar, está, en cuanto reflejado en sí, infinito, a la vez en relación con lo universal, con la voluntad que es en sí. Este momento, puesto en un primer momento en esta particularidad misma, es el bienestar también de otros — en determinación completa, pero enteramente vacía, el bienestar de todos. El bienestar de muchos otros particulares en general es entonces también fin esencial y derecho de la subjetividad. Pero, dado que lo universal, en y para sí, distinto de tal contenido particular, no se ha determinado aquí, todavía, más que como el derecho, aquellos fines de lo particular pueden ser distintos de este, conformes a él, pero también no serlo.

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