La posibilidad de participar en el patrimonio universal, el patrimonio particular, está, sin embargo, condicionada, en parte por una base propia inmediata (capital), en parte por la habilidad, la cual, a su vez, está condicionada por aquella, pero también por las circunstancias contingentes, cuya multiplicidad produce la diversidad en el desarrollo de las disposiciones naturales, corporales y espirituales, ya de por sí desiguales — una diversidad que se manifiesta, en esta esfera de la particularidad, en todas las direcciones y desde todos los grados, y que, junto con la restante contingencia y el arbitrio, tiene por consecuencia necesaria la desigualdad del patrimonio y de las habilidades de los individuos.
Oponer a la exigencia de la igualdad el derecho objetivo de la particularidad del espíritu, contenido en la Idea —el cual no solo no suprime la desigualdad de los seres humanos, puesta por la naturaleza, el elemento de la desigualdad, en la sociedad civil, sino que la produce a partir del espíritu, elevándola a una desigualdad de la habilidad, del patrimonio, e incluso de la formación intelectual y moral—, pertenece al entendimiento vacío, que toma este su abstracto y su deber-ser por lo real y racional. Esta esfera de la particularidad, que se figura ser lo universal, conserva en sí, en esta identidad solo relativa con él, tanto la particularidad natural como la arbitraria, y con ello el resto del estado de naturaleza. Es, además, la razón inmanente al sistema de las necesidades humanas y a su movimiento la que lo articula en un todo orgánico de diferencias; véase el § siguiente.

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