§ 70

La totalidad abarcadora de la actividad exterior, la vida, no es, frente a la personalidad —la cual es ella misma esto e inmediatamente—, algo exterior. La enajenación o el sacrificio de esta es más bien lo contrario de la existencia de esta personalidad. Por eso Yo no tengo, en general, ningún derecho a tal enajenación, y solo una idea ética —en la cual esta personalidad inmediatamente singular se ha hundido en sí y de la cual esa idea es el poder efectivo— tiene derecho a ella, de modo que, así como la vida como tal es inmediata, también la muerte es la negatividad inmediata de esta, y por eso ha de recibirse desde fuera, como algo natural, o, al servicio de la Idea, de mano ajena.

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