§ 167

El matrimonio es esencialmente monogamia, porque es la personalidad, la singularidad excluyente inmediata, la que se pone y se entrega en esta relación, cuya verdad e intimidad (la forma subjetiva de la sustancialidad) surge, por tanto, solo de la entrega recíproca no dividida de esta personalidad; esta llega a su derecho, el de ser consciente de sí misma en el otro, solo en la medida en que el otro está, como persona, es decir, como singularidad atómica, en esta identidad.

El matrimonio, y esencialmente la monogamia, es uno de los principios absolutos sobre los cuales descansa la eticidad de una comunidad; la fundación del matrimonio se enumera, por ello, entre los momentos de la fundación divina o heroica de los Estados.

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