El derecho abstracto es derecho de coacción, porque el entuerto contra él es una violencia contra la existencia de mi libertad en una cosa exterior, de modo que la conservación de esta existencia frente a la violencia es, ella misma, en cuanto acción exterior, también una violencia, y una violencia que suprime aquella primera.
Definir de inmediato, desde un principio, el derecho abstracto o estricto como un derecho al cual se puede coaccionar significa aprehenderlo por una consecuencia que solo se produce por el rodeo del entuerto.

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