c) En la medida en que conservo mi subjetividad en la ejecución de mis fines (§ 110), suprimo en ello, en cuanto [en] la objetivación de esta, esta subjetividad a la vez en cuanto inmediata, y por tanto en cuanto esta subjetividad mía singular. Pero la subjetividad exterior así idéntica conmigo es la voluntad de otros (§ 73). — El terreno de la existencia de la voluntad es ahora la subjetividad (§ 106), y la voluntad de otros es la existencia, a la vez otra para mí, que doy a mi fin. — La ejecución de mi fin contiene, por ello, en sí esta identidad de mi voluntad y la de otros — tiene una relación positiva con la voluntad de otros.
La objetividad del fin ejecutado incluye, por ello, en sí los tres significados, o más bien contiene en uno los tres momentos: α) ser existencia inmediata exterior (§ 109), β) adecuada al concepto (§ 112), γ) subjetividad universal. |110| La subjetividad que se conserva en esta objetividad consiste α) en que el fin objetivo sea el mío, de modo que Yo me conserve en él como este (§ 110); β) y γ) de la subjetividad ya han coincidido con los momentos β) y γ) de la objetividad. — Que estas determinaciones, diferenciándose así en el punto de vista moral, estén unidas solo en la contradicción, constituye, más precisamente, lo fenoménico o la finitud de esta esfera (§ 108), y el desarrollo de este punto de vista es el desarrollo de estas contradicciones y de sus resoluciones, las cuales, sin embargo, dentro de él, solo pueden ser relativas.

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